sábado, mayo 4, 2024

Así los venezolanos pueden acceder a la gratuidad de la educación universitaria en Chile (requisitos)

Miyeilis Flores
Miyeilis Flores
Periodista digital

El gobierno de Chile abre un lapso de postulaciones para que extranjeros accedan a la educación universitaria gratis. Te contamos paso a paso lo que debes hacer

Del 15 de febrero y el 24 de marzo los estudiantes extranjeros que tienen Residencia Definitiva o Temporal, y que asisten a la educación media en Chile, puede postularse para estudiar con gratuidad en la universidad.

La información la dio a conocer Migración Chile, a través de sus redes sociales.

Con esta medida los venezolanos con residencia permanente o temporal en Chile podrán estudiar de manera gratuita

Según la Ley de migración y extranjería en su artículo 17, en cuanto los estudios superiores el texto señala que “los extranjeros podrán acceder a las instituciones de educación superior en igualdad de condiciones que los nacionales”.

Lo que dice la ley

Mientras que sobre la gratuidad de la educación universitaria establece que los extranjeros “podrán optar a la gratuidad universitaria, conforme a lo dispuesto en la letra a) del artículo 103 de la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, y cumpliendo los demás requisitos legales”.

Asimismo, indica que “los establecimientos educativos que reciban aportes estatales deberán tener a disposición de los interesados la información necesaria para ejercer los derechos establecidos en los incisos anteriores”.

Educación preescolar, básica y media garantizados

Según la Ley de migración y extranjería en su artículo 17, sobre el acceso a la educación “el Estado garantizará el acceso a la enseñanza preescolar, básica y media a los extranjeros menores de edad establecidos en Chile, en las mismas condiciones que los nacionales”.

Además indica el texto que “tal derecho no podrá denegarse ni limitarse a causa de su condición migratoria irregular o la de cualquiera de los padres, o la de quien tenga el cuidado del niño, niña o adolescente.”

Advierte que el “requisito de residencia establecido en el inciso segundo del artículo 16 no será exigido a los solicitantes de los beneficios de seguridad social financiados en su totalidad con recursos fiscales, que impliquen transferencias monetarias directas referidas a becas o bonos para estudiantes de educación básica y media”.

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