Corte IDH considera que los delitos por los que se condenó al exmandatario peruano constituyen graves violaciones a derechos humanos
La orden del Tribunal Constitucional (TC) de Perú de declarar fundado un recurso a favor del expresidente Alberto Fujimori y ordenar al Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) y al director del penal de Barbadillo, la inmediata liberación del exmandatario, ha causado una especie de “choque” entre el Estado peruano y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
En el documento del alto juzgado peruano, se señala que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) —de que el Estado peruano se abstenga de la liberación de Fujimori— “se contrapone a la ejecución de la sentencia constitucional del presente caso” y que advierte una “falta de competencia”, reseña la agencia Efe.
En virtud de esa falta de competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para, en el marco de una supervisión del cumplimiento de sentencias, ordenar directamente la no ejecución de una decisión judicial, este Tribunal dispuso la ejecución de su sentencia de fecha 17 de marzo de 2022, emitida en el caso de autos, apartándose de lo señalado en la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, se lee en el texto.
El TC llama “severamente la atención” al juez de Ica, Vicente Fernández, “exhortándolo a poner más diligencia y celo en el cumplimiento de sus funciones al momento de ejecutar las sentencias estimatorias de habeas corpus”
Un juzgado de la región peruana Ica había declarado este viernes improcedente una resolución del Tribunal Constitucional (TC) que restablecía el indulto al expresidente Alberto Fujimori (1990-2000).
El presidente del TC, Francisco Morales, había afirmado que las autoridades debían “proceder a la excarcelación inmediata” de Fujimori, a pesar de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó lo contrario el año pasado.
“Se debe proceder a cumplir la anterior sentencia”, declaró Morales al Canal N de televisión, al aclarar un auto del TC que declaró improcedente una consulta del Ministerio de Justicia sobre el indulto otorgado a Fujimori en 2017 por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski y que había suscitado distintas interpretaciones. Este martes, llegó la decisión en firme del Tribunal.
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Lo que dice la CIDH
Tan apenas se supo de la medida del TC, el presidente de la CIDH, Ricardo Pérez Manrique, dictó “medidas urgentes” e instó al Estado peruano a no ejecutar resolución del Tribunal, “hasta que se analice si cumple con las condiciones que estableció en abril del 2022”, reseñan los medios de esa nación.
El máximo representante de la Corte IDH tomó la decisión para garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, que fueron ejecutados por el Destacamento del Ejército Colina, y por los cuales el exmandatario fue condenado como autor mediato.
En un documento de seis páginas, que ya ha sido notificado al Estado peruano, la Corte requiere que “se abstenga de ejecutar la orden del Tribunal Constitucional del Perú de 4 de diciembre de 2023, en donde se ordenó la ‘inmediata libertad’ de Alberto Fujimori”.
Precisamente, en abril del año pasado, la Corte IDH emitió una resolución de medidas provisionales y supervisión de cumplimiento, remarcando que los casos Barrios Altos y La Cantuta constituyen graves violaciones a derechos humanos.
Además, constató que el TC no evaluó la compatibilidad del indulto humanitario a Fujimori con los estándares para ella ya emitidos en una resolución anterior, de mayo de 2018.
Y por ello le comunica al Estado que debe abstenerse de implementarlo “en cumplimiento de sus obligaciones convencionales”.
ONG como Amnistía Internacional, protestaron por la decisión del TC y ratifican las razones de la Corte IDH para exigir que Fujimori siga preso.
“Exhortamos a autoridades a no vulnerar el derecho a la verdad, justicia, y reparación de las víctimas y sus familiares, respetando las obligaciones en materia de DD.HH.”, señala un comunicado de AI.