Los empresarios deben entregar un impuesto de 15% del total de los pagos realizados a los trabajadores en las empresas privadas
“El monto de la contribución especial prevista en esta Ley para las personas jurídicas de carácter privado, domiciliadas o no en la República, que realicen actividades económicas en el territorio nacional, será de hasta el quince por ciento (15%) del total de los pagos realizados a los trabajadores y trabajadoras por concepto de salario y bonificaciones de carácter no salarial”.
El párrafo anterior corresponde al artículo 7 del proyecto de ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloque Imperialista, sancionada por la plenaria de la Asamblea Nacional (AN) este martes, apenas días después de presentada por la vicepresidenta Delcy Rodríguez.
Durante el debate y la discusión, al instrumento solamente se le cambiaron algunos acentos y palabras, pero el fondo del mismo quedó tal cual fue aprobado en la primera discusión.
En la exposición de motivos, se explica que “con esta contribución, el Estado podrá percibir recursos financieros adicionales que permitirán incrementar el monto de las pensiones de seguridad social, notablemente afectadas por los perversos efectos de las medidas coercitivas unilaterales”.
Igualmente, justifica la contribución especial, la cual “tiene su fundamento en el deber general de coadyuvar a los gastos públicos, recogido en el artículo 133 del Texto Constitucional, y está construida en consonancia con los principios de solidaridad, igualdad, responsabilidad social, legalidad, capacidad
contributiva, progresividad, equidad, no retroactividad y no confiscación”.
Lea también: MADURO TIENE que explicar por qué quiere cobrar más impuestos para cumplir con las pensiones que es su deber
Aparte de los aportes para el IVSS
Por otro lado, se establece que “la contribución especial prevista en esta Ley será declarada y pagada mensualmente” y el organismo encargado de su cobro será el Seniat.
También manda la ley que el gravamen “será deducible del gasto para el cálculo del impuesto sobre la renta”.
Mientras que, por otro lado, aclara que “la contribución especial a que hace referencia esta Ley es distinta e independiente de los aportes que corresponde a los empleadores y empleadoras realizar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, de conformidad con la ley que regula la materia”.