Los pueblos y comunidades indígenas elegirán a 69 concejales y 8 legisladores en 9 estados
La rectora del Consejo Nacional Electoral (CNE), Tania D’Amelio, informó que este viernes se llevarán a cabo los comicios donde las comunidades indígenas elegirán a sus representantes.
“Este viernes 26 de noviembre los pueblos y comunidades indígenas elegirán a 69 concejales y 8 legisladores en los estados Amazonas, Anzoátegui, Apure, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Sucre y Zulia”, explicó la rectora en su cuenta de Twitter.
Agregó que 74 centros de votación estarán operativos en estas regiones de Venezuela. Los pueblos indígenas elegirán a sus representantes a los consejos legislativos y los concejos municipales.
A mediados de septiembre, el CNE aprobó el Registro Electoral de las Comunidades Indígenas. En él están inscritos 4.334 voceros que elegirán, en nombre de sus comunidades, a estos representantes.
Los pueblos indígenas de Venezuela cuentan con una normativa especial para las elecciones, por lo cual celebrarán los comicios el viernes, mientras el resto de la población ya votó el domingo. Esta decisión se tomó para las elecciones parlamentarias del 2020, en una medida que ocasionó serias críticas porque se trata de una elección de segundo grado que no está en la Constitución.
En los ocho estados se elegirá de forma manual a un legislador al Consejo Legislativo, con su respectivo suplente.
Según el Reglamento Especial, el sistema de elección será bajo la modalidad nominal en asambleas populares conforme a sus usos, tradiciones y costumbres.
“Es importante destacar que para esta elección se elegirán 69 cargos de representación indígena a los Concejos Municipales, distribuidos en 8 estados. Amazonas (7), Anzoátegui (12), Apure (7), Bolívar (8), Delta Amacuro (4), Monagas (8), Sucre (3) y Zulia (20)”, agregó en esa oportunidad el CNE.
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Elección en segundo grado
El rector Roberto Picón se comprometió a principios de julio a trabajar en una ley para garantizar el voto de las comunidades indígenas. Además de promover, entre otras cosas, que este sea secreto.
Picón sostuvo que las disposiciones del Reglamento Especial para regular la elección de los representantes indígenas, “son consistentes con el derecho convencional”.
“Sin embargo, el sistema de elección en segundo grado previsto por el reglamento resulta antagónico con el contenido del derecho al sufragio establecido en la Constitución. El mismo determina que este debe ser universal, directo y secreto”, afirmó.