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      Estos organismos públicos deben transferir 70% de sus ingresos a obras comunitarias

      Se trata de un decreto emitido en el marco de la Emergencia Económica

      4 de julio de 2025 | 09:08
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      Con el argumento del decreto de Emergencia Económica que está vigencia en el país desde hace varios meses, el gobierno nacional ordenó a 13 instituciones públicas que entreguen 70% de los ingresos que perciban.

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      Lo deben hacer "por concepto de contribuciones parafiscales, aportes, tarifas, comisiones, recargos y precios públicos al Servicio Desconcentrado Fondo Especial Ciudad Humana".

      La orden está contenida en la Gaceta Oficial N° 6.917 Extraordinaria, publicada el  25 de junio pasado.

      Allí se dicta este “Decreto en el Marco de la Emergencia Económica para la Ejecución Eficiente y Priorizada de las Contribuciones Parafiscales y Aportes Percibidos por la Administración Pública Nacional”.

      Este fondo especial tiene como objetivo “canalizar recursos para proyectos de infraestructura y desarrollo comunitario en todo el país, gestionado por la Corporación Todo es Posible, para desarrollar obras en localidades, de acuerdo con las necesidades reportadas por los organismos comunales”.

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      Lea también: Jorge Rodríguez: con el Decreto de Emergencia Económica “DERROTAREMOS AL VIRUS DEL EXTREMISMO IMPERIAL” (+Detalles)

      Estos son los organismos públicos que deben entregar 70% de sus ingresos:

       

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      Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel),

      Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Fonacit)

      Fondo Nacional Antidrogas (FONA)

      Instituto Nacional de Deportes (IND)

      Instituto Nacional de Promoción y Capacitación Turística (Inatur)

      Agencia de Promoción de Exportaciones

      Fondo Negro Primero

      Instituto Nacional de Aeronáutica Civil (INAC)

      Instituto Nacional de Espacios Acuáticos (INEA)

      Fondo Nacional de Bomberos y Bomberas y de Administración de Emergencias de Carácter Civil (FONBE)

      Centro Nacional Autónomo de Cinematografía (CNAC)

      Fondo de Promoción y Financiamiento del Cine (Fonprocine)

      Instituto Nacional de Aguas y Servicios Acuáticos (INASA)

      El decreto, además, dice que   a partir de la entrada en vigencia del mismo, las instituciones solo manejarán 30% de los ingresos que perciban de sus operaciones.

      “Lo dispuesto en este Decreto de manera alguna modifica los hechos imponibles, condiciones de sujeción, normativa sobre sujetos pasivos, normas y procedimientos de recaudación y fiscalización, ni ninguna otra regulación relativa a los tributos, su recaudación, control o fiscalización”, aclara el artículo 6 de la normativa.

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