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      Gobierno prorroga por otros 60 días decreto de EMERGENCIA ECONÓMICA

      14 de diciembre de 2025 | 16:23
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      En una Gaceta Oficial de fecha 9 de diciembre, el Gobierno de Nicolás Maduro anunció la prórroga  por otros 60 días del estado de emergencia económica que rige en Venezuela desde abril.

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      Se trata de  la Gaceta Oficial Extraordinaria N.º 6.944, que permite al Ejecutivo mantener amplias facultades para aplicar acciones extraordinarias en los ámbitos económico, financiero y social.

      La decisión se produce en un contexto marcado por el incremento de la presión estadounidense, que mantiene un despliegue militar en el Caribe y recientemente incautó un buque con crudo venezolano, además de sancionar a seis navieras vinculadas al transporte de petróleo.

      Facultades otorgadas al Ejecutivo


      El decreto de prórroga concede al Gobierno Nacional amplias facultades, entre las cuales destacan:


       

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      • Dictar regulaciones excepcionales y transitorias para restablecer los equilibrios económicos.
      • Suspender la aplicación y cobro de tributos nacionales, estatales y municipales con el fin de proteger el aparato productivo.
      • Concentrar en el Tesoro Nacional la recaudación de tasas y contribuciones especiales, y redireccionar los recursos de todos los fondos existentes.
      • Establecer mecanismos extraordinarios para combatir la evasión y la elusión fiscal.
      • Suspender la aplicación de las exenciones de tributos nacionales.
      • Establecer mecanismos y porcentajes de compra obligatoria de la producción nacional para favorecer la sustitución de importaciones.
      • Adoptar medidas necesarias para estimular la inversión nacional e internacional, así como las exportaciones de rubros no tradicionales.
      • Adicionalmente, el decreto autoriza al Ejecutivo a realizar contrataciones y a autorizar erogaciones con cargo al Tesoro Nacional no previstas en el Presupuesto Anual.

      El artículo 3 del decreto incorpora una disposición clave: “Sin menoscabo de lo señalado en el artículo anterior, se suspende por el periodo que dure la emergencia económica la garantía constitucional de la reserva legal en materia económica, financiera y monetaria”.

      La normativa también otorga a Maduro la posibilidad de ampliar las acciones del Ejecutivo según la coyuntura: “El presidente de la República podrá dictar otras medidas de orden social, económico o político que estime convenientes a las circunstancias para la estabilidad económica y social del país frente a la situación mundial”.

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      Temas
      • Emergencia económica
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