La AN sancionó la Ley para el Fomento y la Promoción del Café
Ordena activar mecanismos inmediatos de simplificación y celeridad administrativa para descentralizar los procesos de producción del rubro.
:format(webp):quality(40)/https://impactovecdn.eleco.com.ar/media/2026/06/an.jpeg)
La Asamblea Nacional (AN) sancionó la Ley para el Fomento y la Promoción del Café, aprobada en segunda discusión, por unanimidad, en sesión ordinaria de este jueves.
La ley tiene por objeto fomentar y promover los procesos de producción, transformación, industrialización, comercialización, exportación y consumo sostenible y responsable del café en el territorio nacional, como rubro de interés fundamental para el desarrollo del país.
Entre las novedades de esta norma destaca el plan para apoyar a los productores con asistencia técnica, fomento de la innovación, prospección de mercados internacionales y la consolidación de una Ventanilla Única para la simplificación y celeridad de trámites administrativos.
La iniciativa estará respaldada por la Marca País "Café de Venezuela", la cual garantiza el cumplimiento estricto de todas las certificaciones sanitarias y de calidad exigidas en los mercados globales.
También se establece que el Órgano Rector impulsará, de manera corresponsable, mecanismos de “participación protagónica para campesinas, campesinos, movimientos de mujeres, jóvenes, cooperativas y organizaciones socioproductivas en el diseño de las políticas públicas agrarias bajo la premisa de la justicia social".
Lea también: ¿FIN DEL MONOPOLIO ELÉCTRICO del ESTADO? Así Venezuela encara la apertura al sector privado
Formación integral
En el nuevo instrumento legal, el Ejecutivo Nacional asumirá la tarea de implementar planes de formación integral y asistencia técnica en todos los niveles del sistema educativo, en los propios espacios productivos, para apoyar a los trabajadores del campo.
Asimismo, la ley ordena al Órgano Rector activar mecanismos inmediatos de simplificación y celeridad administrativa para descentralizar los procesos, medida que se materializará mediante la creación de una Ventanilla Única Agrícola en cada municipio cafetalero del territorio nacional.
Con el propósito de resguardar el patrimonio vegetal de la República, el artículo 23 impulsa la creación de bancos de germoplasma para asegurar la biodiversidad originaria del rubro. La norma estipula que su uso se orientará de forma exclusiva a la conservación, caracterización y reproducción botánica controlada.
De igual forma, el texto reconoce al café por su excepcional valor histórico como símbolo de la venezolanidad, promoviendo su potencial como un atractivo de primer orden para el turismo nacional e internacional debido a su aroma, sabor y acidez únicos.
Sanidad y protección
Durante la lectura del articulado sobre las normas para la salud agrícola del café, la plenaria aprobó el artículo seis, relativo al cumplimiento estricto de las disposiciones técnicas sanitarias y fitosanitarias en toda la cadena de valor.
Este punto generó un debate de técnica legislativa sobre la ubicación de la definición del Órgano Rector, el cual recae en el ministerio con competencia en materia de agricultura y tierras.
El artículo siete consagra el principio de precaución y medidas de transición para salvaguardar el medio ambiente frente a riesgos biológicos o acciones sin consenso científico.

Para comentar, debes estar registradoPor favor, inicia sesión