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      Por esta razón la Audiencia Nacional paraliza la extradición del Pollo Carvajal

      14 de septiembre de 2021 | 11:00
      Por esta razón la Audiencia Nacional paraliza la extradición del Pollo Carvajal
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      Audiencia Nacional española anunció que al Pollo Carvajal se le mantiene en prisión provisional y queda suspendido el proceso de extradición por el momento. Aquí los detalles de lo que está pasando con este caso

      Este martes se conoció que la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó paralizar la entrega a las autoridades de Estados Unidos de Hugo Armando Carvajal, conocido como El Pollo.

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      La decisión tiene como principal argumento, que están a la espera que se resuelva la petición de asilo que fue presentada en 2019 y que no consta que se haya resuelto.

      Su equipo jurídico recurrió a lo Contencioso de la Audiencia Nacional; están buscando que ese silencio no se interprete como una denegación, reseñó el portal ABC.

      “Esa es la resolución que están esperando y por la que la Sección Tercera, la Sala que está llevando desde el inicio el caso de extradición, ha decidido parar máquinas de momento”, indicó  ABC.

      Se pudo conocer que el Pollo Carvajal seguirá, como desde su detención la semana pasada, en la prisión de Estremera.

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      Lea También: Se disfrazaba, se hizo cirugías y cargaba un cuchillo: la vida del Pollo Carvajal antes de su captura en Madrid

      Apelan por la Ley de Asilo

      Según informan en fuentes jurídicas a ABC, la decisión, notificada hoy en una providencia, tiene que ver con la previsión de la Ley de Asilo que protege a los solicitantes de protección internacional en los procesos de extradición cuando la tramitación y resolución de la solicitud aún no se ha completado.

      El diario español adelantó que tras la decisión del Consejo de Ministros que dio luz verde a la extradición del Pollo Carvajal en marzo de 2020, el Ministerio de Justicia remitió un escrito tanto a los servicios penitenciarios como a la Interpol en el que hacía constar su condición de solicitante de asilo a efectos de no ejecutar ninguna entrega policial hasta que el expediente se hubiese resuelto.

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