Ambas medidas son un exhorto a los Consejos municipales de los niños en todo el territorio nacional y para los diferentes órganos educativos
En pro de la integridad física y mental de los menores de edad, el Consejo del Niño ha lanzado dos exhortos a nivel nacional para restringir la venta y consumo de los conocidos cigarrillos electrónicos o vaper, así como contra las caravanas estudiantiles de vehículos.
Uno de los comunicados indica que El Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA) considera que los menores de edad tienen el pleno derecho de celebrar y disfrutar los logros alcanzados, siempre y cuando dichas actividades no atenten contra la integridad de los mismos.
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— ImpactoVenezuela (@ImpactoVE) June 15, 2023
El IDENNA también llamó a no permitir las denominadas caravanas estudiantiles vehiculares, en aras de garantizar la integridad física de los menores de edad.
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Por ello, “exhorta a los Consejos municipales del Niño, a los padres, representantes, a la Autoridad Única Educativa y los directores de unidades educativas públicas y privadas a los fines de tomar las medidas urgentes y necesarias en ocasión a las caravanas estudiantiles vehiculares, todo ello con el objeto de garantizar la integridad física de los niños, niñas y adolescentes”.
Situación con los vaper
Con respecto al uso, consumo y distribución de los cigarrillos electrónicos libre de nicotina, mejor conocidos como vaper, el Consejo del Niño considera que se debe proteger a los menores de la exposición y consumo de sustancias que puedan lacerar la salud mental y física de los niños.
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Debido a esto, “exhorta a los Consejos Municipales, a las autoridades educativas y responsables de espacios públicos y privados y hasta empresas de transporte que presten servicios a menores de edad, que tomen medidas urgentes y necesarias en ocasión a la prohibición del uso, tenencia, venta, distribución y/o comercialización de los sistemas electrónicos de administración de nicotina (SEAN) sin nicotina (SSSN) consumibles y demás accesorios en los establecimientos sanitarios los centros docentes y formativos (en todos sus niveles) transporte públicos y espacios recreacionales”.