En una sentencia para solventar un caso del 2015, la Sala Civil del TSJ de Maduro resolvió permitir el uso del dólar como moneda de cuenta, si ambas partes lo pactaron así
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Nicolás Maduro, admitió el uso de divisas como moneda de cuenta o de pago para la firma de contratos.
La ONG, Acceso a la Justicia explicó que la Sala de Casación Civil destacó el uso del dólar como una moneda de cuenta.
Acaró que si las partes pactaron expresamente la moneda extranjera como exclusiva de pago, el deudor se liberará pagando la cantidad correspondiente en esa moneda extranjera.
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“Advierte la Sala de Casación Civil que no es ilegal un pacto estipulado en moneda extranjera, y menos cuando dicha moneda se ha previsto como de cuenta. Para la Sala lo importante es que el convenio se adapte al marco cambiario vigente, así como a las restricciones legales”, dice la ONG.
Acceso a la Justicia indicó que la medida surge en la resolución de un contrato de opción de compra-venta celebrado en el 2015, y en el que se cuestionó la fijación del precio en moneda extranjera.