martes, diciembre 3, 2024

UN MILITAR y DOS CIVILES CONDENADOS a 25 años de cárcel: traficaron 189 panelas de drogas

La droga fue incautada en agosto del 2019, en el estado Portuguesa

Luego de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fueron condenados a 25 años y 6 meses de prisión el primer teniente del Ejército Nacional Bolivariano Eduardo Antonio Martos Hidalgo (37), y los civiles Pedro José Gómez Ávila (40) y Jorge Efrén Crespo Hernández (52) por el tráfico de 189 panelas de marihuana.

La droga fue incautada cuando transitaban, el 21 de agosto de 2019, por el municipio San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa.

Por este caso fue condenada a 17 años de prisión el también primer teniente de ese componente militar y esposa de Martos Hidalgo, Ginet Graciela Gómez Ávila, luego de admitir su participación en ese hecho.

En horas de la mañana de ese día, funcionarios de un punto de control de la policía regional les llamó la atención que una camioneta Chevrolet, modelo Silverado, y otra Toyota, modelo Terios, pasaran a exceso de velocidad por el lugar, razón por la que optaron por perseguirlos en motocicletas.

Luego de darles alcance, los policías observaron que en uno de los vehículos viajaban los tenientes Martos Hidalgo y la mujer, mientras que en el otro estaban los otros hombres.

Durante el procedimiento, los efectivos castrenses se mostraron nerviosos, por lo que ambas camionetas y sus ocupantes fueron sometidos a una revisión, en la que se hallaron 189 panelas de marihuana ocultas en un enfriador que transportaban los tenientes, cuyo peso total de la droga arrojó 183 kilogramos.

Ante tales evidencias, las personas fueron detenidas y puestas a la orden del Ministerio Público.

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Ratificada la acusación

Durante el juicio, la Fiscalía 9ª del primer circuito de esa jurisdicción ratificó la acusación contra el militar como coautor en el delito de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas en la modalidad de ocultamiento, y asociación.

Igualmente, Gómez Ávila Crespo Hernández fueron condenados como cooperadores necesarios en el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, y asociación.

Tales tipos penales están previstos en las leyes orgánicas de Drogas y Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, respectivamente, reseña una nota del MP.

Una vez evaluados los medios de prueba presentados por los fiscales del caso, el Tribunal 3° de Juicio de Guanare dictó la citada condena contra Martos Hidalgo, Gómez Ávila y Crespo Hernández, quienes permanecen recluidos en la sede de la comandancia general de la policía regional.

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