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      Ya no piden datos de los beneficiarios: cambian normativa para registro de ONG

      7 de mayo de 2021 | 07:06
      Ya no piden datos de los beneficiarios: cambian normativa para registro de ONG
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      En una «reimpresión por errores» la administración de Maduro hizo varios cambios en la normativa, pero de todas formas las ONG deben demostrar que no van a legitimar capitales

      La administración de Nicolás Maduro hizo algunas modificaciones a la normativa que obliga a las ONG a registrarse en la oficina contra el terrorismo. Unos de los cambios más significativos es que las organizaciones y no tienen que revelar la identidad de sus beneficiarios.

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      La ONG Acceso a la Justicia dio a conocer estos cambios en su cuenta en Twitter. Destaca la eliminación del artículo 6 que exigía a las organizaciones revelar la lista de sus beneficiarios.

      Igualmente borra lo que tiene que ver con lapsos para inscribir y evaluar los recaudos de las organizaciones. E igualmente lo hace con el artículo que señala las sanciones por incumplimiento de la disposición.

      Esta providencia data del 30 de marzo pasado y causó conmoción nacional e internacional, porque se violaba uno de los principios bases de la ONG, como es la confidencialidad.

      Luego, el pasado 3 de mayo, se reimprime la Gaceta Oficial y se hacen los cambios, por supuestas «fallas». Acceso a la Justicia alerta que los cambios realizados de esta forma «no brindan seguridad jurídica».

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      Lea también: Fedecámaras valora designación del nuevo CNE para recuperar la confianza en el voto

      Inseguridad jurídica

      La providencia aún mantiene que las ONG deben presentar las actas constitutivas y los estatutos sociales. Añade que las organizaciones también tienen que entregar todos los recaudos para que les den sus credenciales. Solo de esta forma podrán cumplir con sus respectivas funciones.

      En este sentido, Alí Daniels, director de Acceso a la Justicia, alerta que se viola la libertad de asociación. «Es decir, se establece un permiso para que los representantes legales puedan actuar. Esto cambia el régimen jurídico de las asociaciones civiles y las fundaciones y que una providencia no puede hacer».

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      Dijo que «a pesar de los cambios la providencia nueva sigue sin cumplir los estándares internacionales sobre la legitimación de capitales».

      Se refiere a que el Grupo de Acción Financiera Internacional señala que ninguna acción en la lucha contra la legitimación de capitales puede interrumpir ni desalentar la acción de las organizaciones sin fines de lucro».

      #AlertaLegal El Ejecutivo luego de publicar la providencia 001-2021 en G.O. n.° 42.098 (30/3/2021) que obliga a las ONG inscribirse en el registro unificado ante la ONCDOFT, decidió modificarla tras publicarse el pasado 3/5/2021 la providencia 002-2021 (G.O. 42.118) #JusticiaVe pic.twitter.com/sM8CzjZkQ8

      — Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) May 6, 2021

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