¿CÓMO FUNCIONA LA HERRADURA ELECTORAL? Todo lo que debes saber sobre los comicios del 28 de julio
Los electores solo necesitan su cédula de identidad laminada, aunque esté vencida
Estamos a solo horas de las elecciones del 28 de julio, con un universo de electores que supera los 21 millones, más de 30.000 mesas de votación y una jornada que pinta ser larga y llena de expectativas.
Te presentamos una lista de datos que como elector necesitas saber, para ir preparado para este día.
En primer lugar, hay que saber que la capacitación de los testigos y miembros de mesa se sigue impartiendo, incluso, hasta este 27 de julio.
Los miembros de mesa tienen la oportunidad de realizar su taller de capacitación y acreditación vía WEB o en los centros de capacitación, según el artículo 112 de la Ley de Procesos Electorales.
La instalación de las mesas ya comenzó, desde las 8 de la mañana de este 26 de julio.
En consecuencia, para el domingo, las mesas deben estar prestas a su constitución, el día de los comicios, desde las 5 de la mañana, según el artículo 118 de la LOPE.
El dispositivo aclara que «cuando en una esa no consiga el quórum, se avisará a la Junta Electoral Nacional y se seguirá el protocolo establecido para estos casos.
Las mesas funcionarán de 6 am a 6 pm y se mantendrán abiertas mientras haya electores en la cola (Art. 121).
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Proceso de votación
Instrumento válido para votar: El único instrumento válido para votar es la cédula de identidad laminada aún vencida (Art 125).
Excepción al sufragio individual: Se debe garantizar que el ejercicio del sufragio sea de manera individual, y libre, el elector no podrá estar acompañado en el tránsito, a excepción de los que tengan alguna condición y soliciten ser acompañados, el acompañante puede hacerlo una sola vez (Art 128).
La Herradura

Lo primero que los electores deberán hacer al llegar al centro de votación es mostrar su cédula de identidad (vigente o vencida).
Las personas responsables de la mesa verificarán los datos en el Sistema de Autenticación Integrado y devolverán el documento oficial a su dueño.
La segunda estación que los votantes encontrarán en los centros es la de votación. Ahí deberán elegir a su candidato en la pantalla y presionar el recuadro “votar”.
La máquina de votación emitirá un comprobante, el cual posteriormente deberá ser doblado y depositado en la caja de resguardo de la siguiente estación. Las autoridades venezolanas han indicado que el elector tendrá un máximo de tres minutos para emitir su voto.
Registrar votación
En la última estación, las personas mostrarán nuevamente su cédula de identidad al miembro de la mesa para que se le identifique en el cuaderno de votación, en donde la persona votante deberá colocar su huella y firmar.
Voto nulo
En cuanto a la nulidad del voto en el sistema automatizado, se anulará al quedar en blanco la selección una vez que transcurra el tiempo (3 minutos) frente a la máquina y en el caso de ser manual, como en el exterior o por contingencia “cuando se marque fuera del óvalo, se dañe la boleta o no seleccionen” (Art 136 y 137).
Código de vestimenta
Para las elecciones hay un código de vestimenta. Está prohibido usar prendas de vestir o llevar objetos alusivos o de propaganda de alguno de los partidos políticos que participan en la contienda.
Tampoco se puede usar pantalones cortos (shorts), camisas o franelas con escotes, faldas cortas, cholas plásticas. Hay que quitarse la gorra al entrar al centro de votación y lo mismo con los lentes de sol.
Autonomía de las máquinas
Las máquinas de votación cuentan con una batería que le debe dar al menos 8 horas de autonomía, en caso de falla energética.
No está permitido tomar fotos o videos del acto de votación (Art. 292). Se prohíbe el uso de equipos fotográficos, celulares, de video o cualquier otro equipo.
Escrutinio público
El acto de escrutinio es público. Estarán presentes los miembros y testigos, con la única condicionante del espacio (Art 140).
La actividad será automatizada, y los presentes están obligados a firmar el acta (Art 143).
Totalización: La totalización se hará a nivel de la Junta Nacional (Art. 145) y dispondrán de un lapso hasta de 48 horas.
Verificación ciudadana: La verificación ciudadana es posterior al escrutinio y la transmisión de resultados a los CTN.
En ella se constata el número de electores con las papeletas y firmas de cuaderno, básicamente, el número de cajas de resguardo a abrir es en base a una nueva relación.
Silencio electoral: No se podrán emitir mensajes con resultados electorales antes del primer boletín oficial del CNE (Art. 73).
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