El debate de la AN donde comenzaría la segunda discusión de la normativa, prevista para este martes, fue suspendido
Aunque la Asamblea Nacional (AN) anunció que este martes comenzaría la segunda discusión de la Ley contra el Fascismo, fuentes vinculadas al Parlamento confirmaron que la sesión fue suspendida, pero, no por eso, van a dejar de trabajar en torno a la normativa.
A través de distintos medios se ha ido filtrando parte del contenido de las propuestas para redactar la norma y llevarla a la segunda discusión, tal como lo ha prometido el diputado Diosdado Cabello, presidente de la comisión de Política Interior.
Y, hablando de propuestas, el diputado por el estado Trujillo, Francisco García, en una jornada de consulta de la ley adelantó que trabajan en “ampliar la corresponsabilidad, el rol de los medios de comunicación, el papel y la de las redes sociales” en la materia.
“Entre las propuestas que escuchamos, en el artículo 9 que tiene que ver con el rol de los medios de comunicación, allí se pide incorporar un poco más a fondo el papel que debe jugar las redes sociales y, a su vez, en el artículo 10 que habla de la proscripción de la cultura del odio, la intolerancia y la muerte, especificar algunos llamados que hacen a través de redes sociales, de cuentas digitales y desde algunos medios digitales que no tienen responsabilidad ante Conatel. En el artículo 11 incorpora la prohibición y difusión de material o contenido audiovisual en redes sociales”, explicó, en entrevista con el diario Últimas Noticias.
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El proyecto original
Como se recordará, la ley fue presentada el 2 de abril, por la vicepresidenta Delcy Rodríguez, y lo se supo de ese testo fue:
El primer capítulo consta de dos artículos: el primero y el cuarto, que establecen el objetivo de preservar la convivencia pacífica, la paz y la tranquilidad pública en el ejercicio democrático frente a las acciones de odio, violencia e intolerancia, y las definiciones de lo que significan el fascismo, el neofascismo y sus similares.
El segundo capítulo establece un conjunto de medidas de protección ante el fascismo y prohíbe la difusión de mensajes que hagan apología o promueva la violencia y denigre de la democracia, las instituciones y los valores republicanos. Asimismo, se prohíbe la creación de organizaciones con fines políticos o sociales que hagan apología o se fundamenten en el fascismo. En esta sección, se crea una red internacional de personas, agrupaciones e instituciones, todos comprometidos en la lucha contra el fascismo.
En el tercer capítulo, se crea la Alta Comisión contra el fascismo y expresiones similares.
En el cuarto capítulo consagra un conjunto de sanciones penales y administrativas por incumplimiento de lo consagrado en esta Ley. Incorpora, además, una agravante de tipo punible cuando sea ejecutado por motivos fascistas o de similar naturaleza.