El Ministerio Público informó sobre este hecho y sobre la denuncia de la víctima, y los detalles de la presunta extorsión por parte de la fiscal y su esposo
Este miércoles se conoció sobre la detención de una fiscal pública de Barinas, Yuleidy Querales a quien acusaron de delitos de extorsión agravada y agavillamiento, por, “presuntamente, solicitar 30.000 dólares al dueño de un restaurante a cambio de no involucrarlo en un hecho delictivo”.
La fiscalía de la administración de Nicolás Maduro emitió un comunicado, en el que detalló que la funcionaria Querales, fue privada de libertad, junto a su esposo, Javier Ernesto Ávila, luego de que fuese denunciada por el dueño de un restaurante.
Aparentemente, la pareja, ahora detenida, lo visitaron en el restaurante, para “informarle que poseía una investigación por legitimación de capitales, razón por la cual debía pagar la suma exigida para no presentarlo ante los tribunales”.
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Luego de la denuncia, la fiscal y su esposo fueron detenidos a principios de este mes por efectivos de la Policía Nacional Bolivariana en Carabobo, y se mantendrán recluidos en un comando de la PNB en ese estado. Durante la audiencia de presentación, representantes de la Fiscalía 99ª Nacional imputaron a la pareja por los delitos de extorsión agravada y agavillamiento, ambos previstos en el Código Penal.
Sin embargo, se desconoce el porqué, la funcionaria y su pareja fueron detenidos en un estado distinto al lugar en donde, aparentemente, se ejecutó el delito, ni tampoco por qué estaba en ese estado.
LOS PROCESADOS SON, YULEIDI QUERALES, Y SU ESPOSO JAVIER AVILA..LA COMUNIDAD CELEBRA, CON JUBILO, ESTAS DETENCIONE, EN CONOCIMIENTO, DE QUE EN MUCHOS ESTADOS DE VENEZUELA, SUCEDE ESTO, COTIDIANAMENTE, Y LOS ENTUERTOS, NO SE CORRIGEN, POR PARTE DE LOS FISCALES SUPERIORES DE LOS ESTADOS…ES MUCHO MAS QUE UNA OFENSA, UN ATAQUE, A LA TRANQUILIDAD PUBLICA, CON CONOCIMIENTO DE LAS AUTORIDADES JUDICIALES.
POR MUCHAS RAZONES, Y NORMAS LEGALES, EL JUICIO, ES OBLIGADO CELEBRARLO, EN EL LUGAR DE LOS HECHOS CRIMINALES; ASI LO ORDENAN LA CONSTITUCION NACIONAL, EL CODIGO PENALY EL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL…; NO TENGO CONOCIMIENTO, DE QUE EL TSJ, HAYA DECLARADO ,RADICACION DEL JUICIO EN OTRO LUGAR DIFERENTE AL DEL SUCESO…SERIA IMPORTANTE QUE LOS JUEVES, LO ACLAREN, SO PENA DE INCURRIR EN GRAVES HECHOS PENALES.