Decidieron aplicar esta medida para prevenir accidentes viales y garantizar la movilidad segura de los venezolanos
Desde este viernes 31 de marzo y hasta el próximo lunes 3 de abril estará restringida la circulación de transporte de carga superior a los 3.500 kilogramos, informó el Ministerio de Transporte a través de su cuenta en la red social Twitter.
Junto a esta publicación fue insertado un comunicado del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), se señala que en Semana Santa también se aplicará la misma medida.
De acuerdo con la información colocada en el afiche, la norma estará vigente desde la 1:00 de la madrugada del día jueves 6 de abril y será restituida la circulación el lunes 10 de abril, día laborable.
El comunicado indica que las autoridades decidieron aplicar esta medida para prevenir accidentes viales y garantizar la movilidad segura de los venezolanos.
Excepciones
A través de su cuenta en la red social Twitter, el Ministerio de Transporte informó que desde el viernes 31 de marzo y hasta el próximo lunes 3 de abril estará restringida la circulación de transporte de carga superior a los 3.500 kilogramos.
En la publicación del ente también fue insertado un comunicado del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), el cual señala que que en Semana Santa se aplicará la misma medida.
De acuerdo con la información colocada en el afiche, la norma estará vigente desde la una de la madrugada del día jueves 6 de abril y será restituida la circulación el lunes 10 de abril, día laborable.
El comunicado indica que las autoridades decidieron aplicar esta medida para prevenir accidentes viales y garantizar la movilidad segura de los venezolanos.
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Exentos
Según reza la publicación, la restricción no aplica a vehículos que transporten alimentos y sus respectivas materias primas, vehículos graneleros, de asistencia vial, de emergencia, policiales o militares, así como aquellos que transporten material de telecomunicaciones, para la defensa de la nación, agua potable y los químicos para su potabilización.
Tampoco aplica para aquellos que transporten medicinas de corta duración, oxígeno, desechos sólidos domiciliarios, gas de uso doméstico y combustibles para estaciones de servicio, puertos y aeropuertos; productos asociados a la actividad petrolera, agrícola y pecuaria, fertilizantes, químicos y periódicos, recoge el diario El Universal.