jueves, mayo 2, 2024

SIN JUICIO: Padrino López ordena expulsión de 302 oficiales de la FANB

Los 302 oficiales fueron sometidos a un consejo de investigación, pero esa instancia no tiene la potestad para la expulsión, sino un tribunal, a través de una sentencia firme

El Ministro de la Defensa del régimen, Vladimir Padrino López ordenó la expulsión de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) de 302 oficiales del Ejército, sin un juicio previo.

La información la dio a conocer la periodista especializada en el área militar, Sebastiana Barráez, quien especificó que se trata de un coronel, tres tenientes coroneles, seis mayores, 27 capitanes, 142 primeros tenientes y 123 tenientes, quienes fueron sometidos a un consejo de investigación, pero ningún tribunal se habría pronunciado al respecto.

Barráez aclara que “un consejo de investigación no tiene la potestad de ser determinante desde el punto de vista jurídico para llevar a la expulsión de un oficial de la institución castrense. Es decir, las decisiones no son vinculantes para retirar a un oficial de la Fuerza Armada Nacional, eso solo puede determinarlo un tribunal con una sentencia definitivamente firme”.

Informó que los tres carteles donde se anuncia a los 302 oficiales la decisión del titular castrense, aparecen con fecha 22 de julio, publicadas por el Comandante General del Ejército, el mayor general Domingo Antonio Hernández Lárez, quien destaca: “se les informa que en virtud del consejo de investigación al que fueron sometidos, el ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa del Poder Popular para la Defensa ordenó: separarlos de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por medida disciplinaria”.

Agrega que la “notificación que hago a ustedes para su conocimiento y demás fines legales consiguientes, y en consecuencia, de considerar que la presente decisión lesiona sus derechos subjetivos o intereses legítimos, personales y directos, podrán interponer contra la misma, el Recurso de Reconsideración previsto en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, en concordada relación con el artículo 182 de la Ley de Disciplina Militar, ante el ministro del Poder Popular para la Defensa, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la presente publicación”.

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