lunes, abril 29, 2024

PERSISTE LA CRISIS EN PERÚ y extienden estado de emergencia por 30 días

Durante este plazo, la Policía Nacional seguirá a cargo del control del orden interno, con apoyo de las Fuerzas Armadas

El Gobierno de Perú prorrogó por 30 días el estado de emergencia en Lima, Callao y algunas carreteras de la red vial nacional. Lo hace para controlar las protestas que han cobrado la vida de 70 personas desde diciembre pasado.

A través de un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano, el Ejecutivo extendió el estado de emergencia a estas zonas en el contexto de las movilizaciones sociales que exigen la renuncia de la presidenta Dina Boluarte, el cierre del Congreso, adelanto de elecciones para 2023 y una convocatoria a una asamblea constituyente, reseña la agencia Efe.

La norma incluye el departamento de Lima, donde vive casi un tercio de la población del país, la provincia constitucional del Callao y las carreteras Panamericana Sur, Panamericana Norte, Central, Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa y Corredor Vial Interoceánica Sur.

Asimismo, se suspenden diversos derechos constitucionales, relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, según versión de TVPerú.

La medida ya se aplicaba en los sureños departamentos de Madre de Dios, Apurímac, Arequipa, Moquegua, Cuzco, Puno y Tacna, por lo que en total son nueve departamentos los que permanecen en estado de emergencia.

El decreto establece que durante el estado de emergencia quedan restringidos o suspendidos “los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio (excepto en las carreteras de la red vial antes mencionadas), libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales”.

La norma precisa, además, que la Policía Nacional de Perú mantiene el orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas, aunque en el caso de Puno el control es asumido por los militares.

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Intervención de la FAN

Detalla que la intervención de las fuerzas del orden se efectúa conforme la normativa vigente que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía y de los decretos que establecen las reglas de empleo y uso de fuerza de los militares.

El documento también señala que el presidente de la República puede decretar el estado de emergencia en caso de “perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la nación”.

Desde que arrancaron las protestas en diciembre pasado, tras el fallido autogolpe del exmandatario Pedro Castillo, 70 personas han perdido la vida, la mayoría de las cuales eran manifestantes que fallecieron en enfrentamientos con las fuerzas del orden, uno era policía y una veintena más murieron por hechos relacionados con las movilizaciones.

La norma lleva las firmas de la presidenta Boluarte, el primer ministro, Alberto Otárola, y los titulares de las carteras de Defensa, Interior y Justicia.

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