domingo, mayo 5, 2024

¡TORTURA! Teniente obligó a soldados a comer cigarrillos y tragar vómito

Roberto Trobajo
Roberto Trobajo
@Roberto_Trobajo

La justicia colombiana condenará a un teniente del Ejército que sometió a tres soldados a tratos degradantes como castigo

Un juez de control de garantías ejerció contra el teniente en retiro Alfred Leoman Aguirre Moreno por el delito de tortura agravada.

La investigación hecha por la Fiscalía General, permitió evidenciar que el oficial habría obligado a tres soldados a comer cigarrillos y tragarse el vómito que esta acción les produjo.

Los hechos ocurrieron el 25 de marzo de 2012, en un batallón del Ejército Nacional en Tunja (Boyacá), de acuerdo con un boletín de prensa publicado en las últimas horas por el ente judicial, y que sustenta esta información dada a conocer por Caracol.

Los hechos

“Tres soldados regulares salieron sin autorización al quiosco de la unidad militar durante la jornada de visitas y fueron descubiertos por un superior fumando. Durante la formación de la noche, el entonces teniente Aguirre Moreno reclamó a los tres uniformados por lo que consideró un acto de indisciplina y, al parecer, los obligó a tragarse, por lo menos, 10 cigarrillos cada uno”, recalcó la Fiscalía.

Agrega que el militar que, “de acuerdo con los elementos de prueba, también les ordenó comerse el vómito que les generaba la ingesta de tabaco y golpeó en el pecho a uno de los jóvenes que intentó resistirse”.

Según los testimonios recogidos por el CTI, “las víctimas señalaron que, luego de la agresión frente a sus compañeros, el oficial, presuntamente, los llevó a las duchas para que se bañaran durante una hora con agua helada. Finalmente, les indicó que para poder ir a los alojamientos a descansar debían secarse a la intemperie, en medio de las bajas temperaturas”.

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Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos imputó al teniente en retiro Alfred Leoman Aguirre Moreno el delito de tortura agravada, cargo que no fue aceptado.

La tortura está tipificada como un delito en Colombia, según el artículo 178 del Código Penal: “El que inflija a una persona dolores o sufrimientos, físicos o psíquicos, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o confesión, de castigarla por un acto por ella cometido o que se sospeche que ha cometido, o de intimidarla o coaccionarla por cualquier razón que comporte algún tipo de discriminación, incurrirá en prisión de 128 a 270 meses, multa de 1.066 a 3.000 salarios mínimos legales vigentes.

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